Viernes 26 de Abril de 2024

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EFEMERIDES

26 de septiembre de 2020

Se celebra hoy el Día del Empleado de Comercio | SE TRASLADA EL FERIADO PARA EL SECTOR AL LUNES 28

La fecha fue instaurada en el artículo 76 del CCT 130/75 y luego ratificado por la Ley 26541, sancionada el 11 de noviembre de 2009, que otorga al 26 de septiembre todos los efectos de un día feriado. El feriado para el sector se trasladó al lunes

Cada 26 de septiembre se celebra en Argentina el Día del Empleado de Comercio, el cual fue instaurado en el artículo 76 del CCT 130/75 y luego ratificado por la Ley 26541, sancionada el 11 de noviembre de 2009, que otorga al 26 de septiembre todos los efectos de un día feriado.

Esta norma sancionada en la misma fecha pero de 1933, a su vez modificó artículos clave del Código de Comercio para establecer las indemnizaciones por despido, las vacaciones anuales pagas, el aguinaldo y más derechos que marcaron un antes y un después para los trabajadores del rubro.

De acuerdo a la entidad que nuclea a los empleados del sector, "el festejo en nada afecta la apertura de comercio cuando estos sean atendidos por sus dueños o con empleados que acepten trabajar durante esta jornada". Es decir, será decisión del trabajador la de prestar o no servicio. En caso de hacerlo, recibirá remuneración doble, equivalente a la de un feriado.

Además, aclararon que "…En los casos en que deba prestar servicios un empleado por causas que hacen a la índole de la actividad turística, se incrementará la remuneración legal que corresponda a la fecha en un ciento por ciento (100%). Para los empleados cuya forma de pago sea mensual dicho jornal se calculará dividiendo la retribución mensual por veinticinco".

En el marco de celebración de este Día del Empleado de Comercio, el Secretario General de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (F.A.E.C.Y.S.) lanzó un comunicado. En él expuso que en esta fecha tan especial que se avecina para los mercantiles, no se puede dejar de remarcar el importante rol que han ocupado en este titánico combate: la valentía y el compromiso que han asumido en este duro contexto es un ejemplo para todo el movimiento obrero.

«Quienes pertenecemos y trabajamos fuertemente para edificar la unidad del gremio, estamos convencidos que el empeño de cada uno de ustedes ha sido un aporte sustancial para la construcción de un mejor país», agregaron.

Como parte de un trabajo a destajo que incluye a empleados, dirigentes y profesionales de la salud, dicho gremio y sus cientos de filiales han puesto todos sus recursos humanos y materiales en función de preservar la salud de los trabajadores, de los argentinos y de sus seres queridos.

Según el Secretario, con la llegada de este nuevo aniversario —que conmemora un hito histórico para la vida institucional de la organización y de la previsión social nacional— es un orgullo que la pandemia los haya encontrado de la siguiente manera: trabajando unidos para mejorar la calidad de vida de los/as empleados/as de comercio y sus familias.

Por otro lado, destacó la labor de aquellos/as trabajadores/as esenciales que prestaron y prestan sus servicios en el peor momento de la emergencia sanitaria: el eficaz accionar de estos mercantiles fue un eslabón clave e imprescindible para el abastecimiento y la provisión de artículos de primera necesidad a lo largo y a lo ancho de todo el territorio nacional.

 

La Federación Argentina de Empleado de Comercio y Servicios traslada el feriado

Este año 2020, el sindicato de empleados de Comercio y las Cámaras del Sector acordaron trasladar el Día del Empleado de Comercio del sábado 26 al lunes 28 de septiembre.

La Federación Argentina de Empleado de Comercio y Servicios (FAECYS), tras acordar con las empresas, explicó que el feriado por el Día del Empleado de Comercio, "con el objetivo que todos/as los/as trabajadores y trabajadoras del sector puedan gozar de su día de descanso" se pasa para el lunes siguiente.

"Es importante destacar que nuestro día, reconocido por la ley 26.541 y ratificado en nuestro Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 en su artículo 76, se rige según las normas establecidas por la Ley de Contrato de Trabajo para el descanso dominical (las del feriado)", explicó el sindicato desde su página web.

"Esto implica que en caso de prestar servicio, deberás cobrar la remuneración normal de los días laborales más una cantidad igual, es decir, ese día se abona doble", aclaró.

En caso de que al empleado no le toque trabajar el 28, "el día se liquida como una jornada habitual". Por otro lado, el gremio recordó que el lunes 28 "no podrá otorgarse como franco compensatorio de descanso semanal".

Los locales que decidan abrir sus puertas deberán pagarles a sus empleados como si fuera un feriado, se aclaró desde una cámara empresarial.

La información se dio a conocer luego de que la FAECYS informara que cerró un acuerdo paritario con los empresarios para obtener una suma fija no remunerativa por siete meses, que luego quedó suspendido por pedido de CAME.

 
     

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