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PROVINCIALES

24 de mayo de 2021

Gutiérrez propone modificar la ley que cobra impuestos por el uso de plataformas educativas

El diputado presentó un proyecto para que servicios de enseñanza estén exceptuados de pagar el impuesto PAIS.

Mediante el Proyecto de Ley Nº 1058/2021, el diputado Livio Gutierrez, solicita se modifique el inciso i) al Artículo 124° de la Ley 83-F (antes Decreto-Ley 2444/62), incorporado por Ley 3140-F, Código Tributario provincial.

En sus fundamentos, Gutiérrez explica que por Ley 3140-F se incorporó a los servicios digitales a las actividades alcanzadas por el Impuesto a los Ingresos Brutos, con una definición demasiado amplia que permite a la ATP la percepción del 5% sobre cualquier servicio prestado por empresas radicadas en el extranjero por plataformas digitales, con una tasa diferenciada del 12% para los servicios de videojuegos online.

"Bajo la alícuota del 5% entran Netflix, Spotify, Disney+, y cualquier plataforma de entretenimiento, que era el objetivo primario de la Ley, pero también recae sobre los montos que cualquier profesional o estudiante paga a plataformas de cursos on-line (MOOC – Massive Online Open Courses), EDX, Coursera, sólo por mencionar algunas", ejemplificó el diputado.

Gutierrez mencionó “estas capacitaciones son dictadas por universidades de prestigio internacional en forma 100% virtual y a distancia, una modalidad que en nuestro país está recién dando sus primeros pasos, y la oferta de cursos es muy restringida. Desgraciadamente para nuestros profesionales  , en tiempos de pandemia y de restricciones de circulación l, la posibilidad de acceder a cursos dictados por universidades de prestigio internacional, es la única posibilidad de continuar su formación académica”.

“Los cursos tienen costos valuados en dólares o euros, sumas módicas para otros países, aunque no en Argentina, cuyo peso está muy devaluado, a lo que se agrega que la AFIP le incorpora el impuesto PAIS (Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria) creado por Ley 27.541, a fines de 2019, que encarece las capacitaciones online en un 30%”, insistió.

Por lo que aclaró que “el presente proyecto se propone una pequeña modificación a la normativa, para que dicho tipo de servicios educativos estén exceptuados de pagar, ya que la educación no puede, ni debe, ser objeto de tributo alguno ,cobrarle impuestos a quien se educa es terraplanismo puro ”.

Finalmente el legislador agregó: “Además, esta misma legislatura ha adherido al Régimen de Promoción de Economía del Conocimiento en diciembre pasado, mediante Ley 3305-F, que tiene como objetivo promocionar actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, resultando la percepción de impuestos sobre la educación online una contradicción abierta en la materia”.

 

 

 

 

Fuente: Data Chaco



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