Miércoles 17 de Septiembre de 2025

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PROVINCIALES

3 de marzo de 2020

Desarrollo Social prohíbe el adoctrinamiento religioso en residencias juveniles

Desde el Ministerio de Desarrollo Social se publicó una circular en la que se informó que “está terminantemente prohibido instar a niños, niñas y adolescentes a rezar, cantar o escuchar canciones religiosas en los Centros de Integración y Fortalecimiento Familiar (CIFF), residencias juveniles y centros de adolescentes

Esto se basa en que “la opción de un credo religioso es privativo de los niños en su entorno familiar”, y aclaran que no forma parte de la Subsecretaría de la Niñez y la Adolescencia “el adoctrinamiento religioso”.   Proponen, además, que el agradecimiento podría ser orientado a “la vida, la familia, la amistad” dejando de lado los credos. “Desde el Ministerio de Desarrollo Social, en el marco del artículo 14 de la Constitución Nacional garantizamos el derecho de profesar libremente el culto de los trabajadores y trabajadoras del Ministerio. Asimismo, estamos trabajando en el fortalecimiento del Sistema de Protección de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescente, bajo las directrices de la Convención sobre los Derechos del Niño que estipula en su artículo 14 que como Estado parte debemos respetar y hacer respetar el derecho del niño, niña y adolescente a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión”, dijo a Diario Chaco la ministra de Desarrollo Social Pia Cavana.  Además, agregó que “en su caso, cuando se trate que aquellos niños niñas y adolescentes que se encuentran bajo el cuidado personal de sus progenitores, representantes legales y/o referentes afectivos, serán ellos quienes guiarán a los mismos en el ejercicio de tal derecho”.  “Como Estado, entendemos que el derecho a la libertad de los Niños, Niñas y Adolescentes (NNA) comprende tener sus ideas, creencias o culto religioso según el desarrollo de sus facultades y ejercerlo cuando así fuera el caso, bajo la orientación de sus padres y/o quienes ejerzan sus cuidados personales. Y cuando se trata de NNA sin cuidado parentales, bajo el desarrollo de sus propias ideas y facultades, con el acompañamiento del Estado en garantizar el ejercicio de las mismas en total libertad”, destacó. En cuanto al cumplimiento de esta normativa, expresó que “se realizan controles y supervisión en las instituciones, trabajamos sobre la base de la revisión de las prácticas institucionales. Por el momento no nos hemos encontrado con hechos de esta naturaleza que requieran sanción, pero es necesario que podamos reivindicar estos derechos

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