NACIONALES
17 de febrero de 2020
Preparan demandas en la Justicia los jubilados que cobrarán menos
Son alrededor de 1,6 millones quienes sufrirán recortes de al menos 25%; habrá presentaciones colectivas e individuales
a decisión del Gobierno de que los aumentos de las jubilaciones de marzo sean discrecionales y de porcentajes diferentes dependiendo del monto del haber mensual provocará presentaciones en la Justicia por parte de quienes se ven afectados; es decir, por parte de quienes ya saben que tendrán una recomposición inferior a la que les hubiera correspondido en caso de no estar suspendida la fórmula de movilidad de la ley 24.426, vigente en 2018 y 2019 y aprobada a fines de 2017.
Los reclamos, que se enmarcarán en una doble estrategia -ya que habrá casos individuales y una presentación colectiva- comenzarán a transitar su camino esta misma semana, apenas quede vigente el decreto correspondiente, que hasta ayer no había sido publicado en el Boletín Oficial.
Según se anunció el viernes pasado, las jubilaciones y pensiones del sistema general de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) recibirán una suba de 2,3% más un monto fijo de 1500 pesos. De esta manera, el haber mínimo, que se ubicará en $ 15.891,5, tendrá un aumento de 12,96%, pero ese porcentaje efectivo de incremento será más reducido cuanto más altos sean los ingresos. Por ejemplo, para un haber de 25.000 pesos será de 8,3%, y para un ingreso de $50.000, de 5,3 por ciento.
En el caso de la jubilación máxima que otorga el sistema, la medida implicará cobrar solo un 3,75% más que este mes. La movilidad suspendida, en tanto, determinaba que en marzo todas las prestaciones, sin distinción, debían recibir un 11,6%. Ese índice iba a ser probablemente superior a la inflación de este trimestre en curso, según las proyecciones de los economistas. Pero ahora, y después de dos años de caída de poder adquisitivo que afectó a todos, muchos recibirán menos que eso.
Según puede estimarse considerando los datos elaborados por el economista Gabriel Caamaño, de la Consultora Ledesma -sobre la base de la estadística de la Secretaría de Seguridad Social-, hay algo más de 1,6 millones de haberes previsionales para los que la decisión oficial significará que se cobre en marzo alrededor o más de un 25% menos respecto de la suba que se habría obtenido con la movilidad.
Las demandas podrían ser presentadas por quienes se sientan afectados, sin que sea un obstáculo haber firmado un acuerdo en el plan de reparación histórica. En esos casos, los jubilados se comprometieron a no hacer reclamos contra el Estado, pero, según aclara el abogado Adrián Tróccoli, el impedimento se refiere solo a medidas que estaban vigentes antes.
Entre los argumentos que se expresarán en las demandas está el antecedente del fallo Badaro, que emitió la Corte Suprema a mediados de la década pasada. En la resolución de esa causa se declaró inconstitucional la política aplicada entre 2002 y 2006, cuando se dejó a cientos de miles de pasivos sin ninguna recomposición para sus haberes, que llegaron a perder hasta 40% de poder adquisitivo.
También se aludirá en las presentaciones al carácter retroactivo que, según se entiende, tiene la medida oficial. Como la suspendida fórmula de movilidad tiene una dinámica que lleva a mirar la inflación y la variación de los salarios seis meses hacia atrás, se considera entonces que, como el período a compensar en marzo (julio a septiembre de 2019) ya pasó, entonces el derecho a la aplicación de la movilidad ya fue adquirido.
Retroactividad
"Las normas no pueden aplicarse retroactivamente", dijo a LA NACION la abogada Andrea Falcone, que en las próximas horas llevará a la Justicia un amparo para pedir que, para el reclamante, no llegue a aplicarse lo que dirá el decreto. Falcone recuerda que ese aspecto, el de la retroactividad, fue analizado por la Justicia en una demanda contra los cambios a la movilidad hechos en 2017: tanto en primera como en segunda instancia, los jueces advirtieron que la nueva fórmula, aprobada casi al finalizar 2017, no debió haberse aplicado ya en marzo de 2018, sino que debió esperarse más tiempo. Esa causa ahora espera el fallo de la Corte Suprema.
En cuanto al antecedente que significa el caso Badaro, Tróccoli recuerda que los jueces supremos habían rechazado que, con las medidas sobre los ingresos, se tratara de manera diferente a unos y otros jubilados. "Y, además, si bien la Corte decidió en ese momento que se usara un índice de salarios para calcular la actualización [no había entonces fórmula alguna de movilidad], también dijo que el daño estaba medido por el índice de precios al consumidor (IPC), y esto es importante porque la ley que ahora está suspendida hace referencia al IPC", considera.
Falcone agrega que en aquel caso la Corte ordenó mejorar el ingreso del jubilado "e hizo caso omiso de la situación económica". Es un dato significativo si se tiene en cuenta que según los funcionarios actuales un argumento que se usaría en defensa del decreto es el de la vigencia de la "emergencia previsional", declarada por el Congreso en la misma ley que suspende la movilidad.
Mientras tanto, el defensor del pueblo de la Tercera Edad de la ciudad de Buenos Aires, Eugenio Semino, prevé concretar en los próximos días la presentación de una medida cautelar contra la disposición oficial. Allí se intentará que se legitime a la entidad (y quizá también a alguna ONG de adultos mayores) como representativa de los jubilados y pensionados en general, para que luego haya una decisión judicial que impacte directamente sobre los ingresos de todos los afectados.
"Tenemos abierta la defensoría para quienes quieran acercarse y adherir a la prestación", afirmó a LA NACION Semino, quien agregó que se pedirá la declaración de inconstitucionalidad del decreto y una suspensión de su aplicación que alcance a todos los pasivos perjudicados por el no cumplimiento, por parte del Estado, "de derechos adquiridos".
Por: Silvia Stang