Martes 15 de Julio de 2025

Hoy es Martes 15 de Julio de 2025 y son las 19:07 - VILLA ÁNGELA AVANZA CON LA CONFORMACIÓN DE FOROS VECINALES DE SEGURIDAD PÚBLICA / IMPORTANTE VENTA DE CARTÓN Y ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE / VILLA ÁNGELA: CAPILLA SAN GERARDO INVITA A PARTICIPAR DE UNA "MERIENDA POR EL DÍA DEL AMIGO" / CONVERSATORIO POR EL GENOCIDIO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS EN LA CASA DEL BICENTENARIO DE VILLA ANGELA / EL CLUB DE LEONES DE VILLA ÁNGELA REALIZA VENTA DE CAZUELA DE MONDONGO EL 19 DE JULIO / VILLA ÁNGELA: DETIENEN A ?BOCUCHA? CUANDO INTENTABA VENDER OBJETOS ROBADOS EN EL BARRIO EL BAJO / DETECTAN EN VILLA ÁNGELA UN AUTOMÓVIL CON PEDIDO DE SECUESTRO ACTIVO Y DOMINIO ADULTERADO / VILLA ÁNGELA: DENUNCIARON POR LÍNEA 911 VENTA DE ESTUPEFACIENTES / VILLA ÁNGELA: POLICÍA DEVOLVIÓ A SU DUEÑO UNA MOTOGUADAÑA SUSTRAÍDA DÍAS ANTES / VILLA ÁNGELA: TENÍA PEDIDO DE DETENCIÓN Y LO ATRAPÓ LA POLICÍA / VILLA ÁNGELA: TOYOTA OFRECE UN PLAN EN CUOTAS IMPERDIBLE / Este lunes, el Indec dará a conocer la inflación de junio / VILLA ÁNGELA: EL CEC INAUGURÓ QUINCHOS Y AVANZA CON MÁS OBRAS PARA SUS AFILIADOS / EL MUNICIPIO REALIZA TRABAJOS EN SIMULTÁNEO EN DIFERENTES PUNTOS DE LA CIUDAD / TRABAJOS DE ALUMBRADO PÚBLICO EN VILLA ÁNGELA / "UNIDOS POR UN FUTURO" CONTINÚA CON MARCHAS, CONTENCIÓN Y AYUDA A PERSONAS CON CONSUMO PROBLEMÁTICO DE SUSTANCIAS / OPERATIVOS DE FISCALIZACIÓN FORESTAL: SE LOGRÓ DETENER UN NUEVO DESMONTE / FIN DE SEMANA DE ?CHACO JUEGA? EN SANTA SYLVINA Y EN CHARATA / INAUGURACIÓN DE NUEVOS QUINCHOS EN EL CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE VILLA ÁNGELA / SUPERVISIÓN DE OBRAS EN EL ACCESO NORTE: EL INTENDENTE PAPP VALORÓ LOS AVANCES EN ILUMINACIÓN Y PARQUIZACIÓN /

27.8°

Villa Ángela

PROVINCIALES

9 de enero de 2023

EDUCACION PARA EL CONSUMO FORTALECE EL TRABAJO DIRECTO CON DISTINTOS SECTORES SOCIALES

El programa del Ministerio de Producción, Industria y Empleo desarrolla distintas acciones y políticas tendientes a brindar mayor equidad e igualdad en las relaciones de consumo. Entre los ejes prioritarios están los “consumidores hipervulnerables”.

La Subsecretaría de Comercio Exterior y Defensa de la Competencia del Ministerio de Producción, Industria y Empleo fortalece el trabajo directo con distintos sectores sociales de la provincia a través del programa Educación para el Consumo.


Uno de los puntos prioritarios tiene que ver con  los denominados “consumidores hipervulnerables”, como los reconoce la nueva normativa argentina en la resolución 139/2020 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación.


El instrumento considera como hipervulnerables a las y los  consumidores que se encuentren en otras situaciones de vulnerabilidad en razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, que provoquen especiales dificultades para ejercer con plenitud sus derechos como consumidores.

 

“Precisamente con diversos objetivos es que encaramos una serie de acciones y desarrollamos a lo largo de los últimos meses distintas políticas tendientes a fortalecer el trabajo directo en este aspecto”, explicó este domingo Fabio Maciel, coordinador del programa.

 

“Consideramos que es imprescindible abordar esta temática y poder dar información y herramientas que posibiliten una mayor equidad e igualdad en las relaciones de consumo”, agregó.

 

Entre las actividades desplegadas por Educación para el Consumo se destacan dos conversatorios llevados adelante en centros de jubilados: uno en la colonia recreativa del Club Cune y otro en el barrio villa Pegoraro, ambos en Resistencia.

 

Además, en Juan José Castelli, referentes del programa se reunieron con comunidades originarias en el anexo B “Cacique Do'oxoi” de la EEP 1049 "Profesor Hugo Salmón". 

 

En cada una de las acciones emprendidas, se realizó la entrega de folletería y se abordaron cuestiones salientes de Ley Nacional 24.240, de Defensa del Consumidor, y de la Ley Provincial 2.068-D y sus respectivos marcos normativos, las que regulan las relaciones de consumo.

 

“Se trabajó el concepto de consumo, las partes involucradas, es decir, consumidor y consumidora y proveedor, como también la importancia del derecho a la información, el trato digno y recaudos frente a la oferta y la publicidad, haciendo hincapié en que se tratan de situaciones de la vida cotidiana de cualquier persona”, remarcó Maciel.

 

En paralelo, los referentes de Educación para el Consumo dieron a conocer el contenido de la Ley Provincial 2380–D que establece la prohibición de diferencias de precios en la compra con tarjetas de crédito en un pago, y de débito. 

 

También difundieron las vías de comunicación con la Dirección Provincial de Defensa al Consumidor: la aplicación en internet Tu Gobierno Digital; el sitio web www.defensadelconsumidor.chaco.gob.ar; el WhatsApp 3624 747346; y la línea telefónica gratuita 0800-444-3346.

Hipervulnerabilidad

La resolución 139/2020 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación incorporó al derecho positivo argentino la figura del "consumidor hipervulnerable" e incluye, en tal carácter, a aquellas personas que se encuentran en situaciones de "vulnerabilidad" en razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, que provoquen especiales dificultades para ejercer con plenitud sus derechos como consumidores.

 

Asimismo, podrán ser incluidas en tal concepto, las personas jurídicas sin fines de lucro (asociaciones, fundaciones, mutuales) que orienten sus "objetos sociales" a los colectivos de personas físicas mencionados previamente.

La normativa establece ciertas causas que podrán considerarse de "hipervulnerabilidad" tales como los reclamos que involucren niños, niñas y adolescentes, la pertenencia al colectivo LGTB+, la edad (ser mayor de 70 años), la discapacidad, la condición de migrante o turista, la ruralidad, y la residencia en barrios populares.

Por su parte, la norma agrega la posibilidad incluir determinadas situaciones socio-económicas de hipervulnerabilidad (que deberán encontrarse acreditadas): jubilados y jubiladas y pensionados y pensionadas o trabajadores/as en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos vitales y móviles (SMVM); monotributistas inscripto en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el SMVM; percibir seguro de desempleo; y ser monotributistas sociales.



COMPARTIR:

Comentarios