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ECONOMIA

21 de julio de 2021

Monotributo: promulgan la nueva ley, y la AFIP pone en marcha los nuevos beneficios

Habrá moratoria con tasas de 1,25% y 60 cuotas para las categorías más bajas.

La directora ejecutiva de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, confirmó este miércoles que el Gobierno promulgará este jueves la nueva ley de monotributo, sancionada la semana pasada por el Congreso, y que el organismo trabaja para reglamentar los cambios entre el viernes y el lunes, tras lo cual entrarían en vigencia de inmediato.

La medida incluye modificaciones en las escalas, cuotas, y una moratoria para aliviar la situación fiscal.

"Estos beneficios cubren a todos los monotributistas, suponen un alivio fiscal por la condonación de la deuda, la moratoria, y el blanqueo para aquellos que quedaron excluidos", explicó la funcionaria, tras la reunión de Gabinete Económico, en la Casa Rosada.

Respecto a la Ley de Monotributo, esta prevé una serie de beneficios que incluye un alivio fiscal por la condonación de la deuda (del periodo enero-julio) por la moratoria, por blanqueo, publicó Ámbito.

“Se establecerá tasas para las categorías más bajas de la moratoria hasta 60 cuotas del 1,25%. El proyecto de ley decía hasta 1,50%”, explicó la titular de la AFIP.

Como la AFIP prorrogó a agosto la recategorización que se debía efectuar en el mes de julio, esta prórroga se efectuó para que la re categorización se lleve a cabo con las nuevas categorías.

“Este impacto para el monotributista se notará enseguida porque cuando reglamentemos se materializará la condonación de la deuda y además se notarán los otros beneficios. Por ejemplo, los que tengan deudas anteriores ingresarlas a la moratoria y también para los que salieron del monotributo por haber facturado por encima de los límites puedan volver al monotributo”, aclaró Marco del Pont.

Nuevas escalas del Monotributo

Con la reglamentación habrá cambios en las escalas del monotributo que quedará de la siguiente forma:

  •  Categoría A: el límite de facturación anual pasa a $370.000
  • Categoría B: el tope quedó en $550.000
  • Categoría C: la facturación sube a $770.000
  • Categoría D: el monto máximo se ubica en $1.060.000
  • Categoría E: el límite máximo llega a $1.400.000
  • Categoría F: el tope de facturación queda en $1.750.000
  • Categoría G: el máximo aumenta a $2.100.000
  • Categoría H: es la más alta para quienes venden servicios y el techo de facturación será de $2.600.000
  • Categoría I: el máximo aumenta a $2.910.000
  • Categoría J: el tope alcanza $3.335.000
  • Categoría K: el máximo se incrementa hasta $3.700.000

 

 

 

 

 

Fuente: Data Chaco



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