Miércoles 24 de Abril de 2024

Hoy es Miércoles 24 de Abril de 2024 y son las 12:25 - Villa Angela: LO SORPRENDIERON CUANDO ROBABA COMBUSTIBLE DE UN CAMION ESTACIONADO / NBCH24 Online Banking: ¿Cómo recuperar o cambiar la contraseña? / Villa Angela: CORTE DEL SERVICIO ELÉCTRICO PARA REALIZAR TAREAS DE MANTENIMIENTO / Villa Angela: EL INTENDENTE PAPP RECIBIÓ A LA CAMARA DE COMERCIO / Sáenz Peña: La guardería que está en el ojo de la tormenta por casos de maltrato infantil recibió una nueva denuncia / La Legislatura reconoció a la Uncaus por la elaboración de repelentes / Villa Ángela: SITECH SE SUMÓ A LA MARCHA NACIONAL EN APOYO A LAS UNIVERSIDADES PUBLICAS / Villa Ángela: PARA PARTICIPAR DE LA 3RA. FECHA DE APA | Está a la venta la rifa a beneficio de Mateo para solventar costos del viaje a Misiones / Villa Ángela: LOCALIZARON A LA MENOR DE 13 AÑOS ORIUNDA DE CORZUELA QUE SE HABÍA FUGADO DE SU CASA / Córdoba: Detuvieron a una mujer acusada de matar a sus dos hijos adolescentes: habría ocultado los cuerpos en su casa / Villa Angela: PAPP SE REUNIÓ CON EL MINISTRO DE SALUD DEL CHACO PARA ACOMPAÑAR EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD / ¿Cuáles son las escalas y cuotas de abril del Monotributo? / ¿Cuándo cobro Anses?: conocé el calendario de pagos para este martes 23 / ELECCIÓN DEL TERCER VOCAL EN REPRESENTACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD ANTE IPRODICH / Villa Berthet: MOTOCICLISTA PIERDE LA VIDA EN UN SINIESTRO VIAL / Villa Ángela: REALIZARON EL LANZAMIENTO PARA LA ELECCIÓN DE LA EMBAJADORA CULTURAL 2024 DE LA CIUDAD / Colonia Juan José Paso: CRUZADA SOLIDARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA HUERTA DE LA E.E.P. Nº29 ?HÉCTOR LUÍS FRESCHI? / Villa Ángela: BARRIO ?SARGENTO CABRAL? | Aprehenden a un joven que intentaba ingresar a los domicilios / Villa Ángela: RECUPERAN UNA BOLSA DE 25 KILOS DE HARINA SUSTRAÍDA DE UNA PANADERÍA / Taco Pozo: Llevaban mercadería de contrabando por más de $4 millones /

23.6°

Villa Ángela

ACTUALIDAD

28 de junio de 2019

Importante fallo del STJ sobre prescripción de abusos a niños

La decisión habilita la aplicación retroactiva de una ley que había sido sancionada con ese fin. Eso permitió condenar a un abusador.

a Sala Criminal y Correccional del Superior Tribunal de Justicia del Chaco determinó en el fallo 88/19 que corresponde la aplicación retroactiva de la ley 24.206 respecto de los tiempos de las víctimas (conocida como ‘”ley Kunath”), para juzgar hechos ocurridos previos a su promulgación.

grilo.jpg

La jueza Isabel Grillo, una de las firmantes del fallo.

lucas.jpg

María Luisa Lucas, la otra ministra del STJ que avaló el novedoso criterio.

De esta manera las juezas María Luisa Lucas e Iride Isabel Grillo confirmaron la sentencia 245 de la sala unipersonal de la Cámara Primera en lo Criminal de Resistencia, en la que el acusado fue condenado a nueve años de prisión efectiva por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda, en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda, contra una menor que al momento de los hechos tenía siete años de edad.

 

RÉGIMEN DE EXCEPCIÓN

La modificación efectuada al Código Penal estableció un régimen de excepción a los principios generales en materia de delitos sexuales contra menores.

Con ello se suspende la prescripción del hecho mientras la víctima sea menor de edad y hasta que, siendo mayor, formule la denuncia o ratifique la efectuada por sus representantes legales durante la minoría de edad.

Las juezas, entre otros elementos argumentales, afirmaron que no puede soslayarse lo expresado en términos generales por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en “Favela Nova Brasilia vs Brasil”, cuando señaló que “la violación sexual es una experiencia sumamente traumática que puede tener severas consecuencias y causa gran daño físico y psicológico, que deja a la víctima humillada física y emocionalmente, situación difícilmente superable por el paso del tiempo, a diferencia de lo que acontece en otras experiencias traumáticas”.

La Sala Penal concluyó que en el caso bajo análisis la acción penal no estaba prescripta, puesto que los ataques a la integridad sexual de la menor se sucedieron entre los años 1998 y 2001 y, por tal motivo, aquella quedó suspendida a partir del primer día del año 2002 (tal lo estipulado en el cuarto párrafo del artículo 67 del Código Penal en su redacción actual).

Los plazos recién se reanudaron cuando, a mediados de 2016, la víctima, siendo mayor de edad, formuló la denuncia. Desde ese momento “no ha transcurrido el máximo de la pena establecida en abstracto para los delitos por los que se tipificó el accionar” del imputado.

Y además dejaron en claro que con el criterio aplicado “no se sacrifica el derecho del imputado de ser juzgado sin dilaciones en un plazo razonable” ni otras garantías del imputado.

Fuente: Diario Norte



COMPARTIR:

Comentarios