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ACTUALIDAD

12 de noviembre de 2020

Aprobaron el programa nacional de prevención del ciberacoso: ¿de qué se trata?

Los detalles de la ley que busca prevenir el grooming y fomentar el uso responsable de la tecnología.

Tras un debate que consiguió el voto afirmativo de 224 legisladores, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley la creación de un Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o ciberacoso contra niñas, niños y adolescentes.
 
El proyecto había conseguido media sanción en el Senado, el pasado 3 de septiembre y finalmente este miércoles a la madrugada, la Cámara Baja lo aprobó como ley al programa que llevará el nombre de “Mica Ortega”, en conmemoración a una niña de 12 años, de Bahía Blanca, víctima de grooming y femicidio en 2016.

 

micaela_ortega_femicida


¿Qué es el grooming?

El grooming es "la acción en la que una persona, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contacte a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma".

Programa de prevención de grooming

 El objetivo del Programa Mica Ortega es generar conciencia sobre el uso responsable de la tecnología, garantizar los derechos y la protección de niños y adolescentes, así como capacitar a la población sobre el grooming y brindar información sobre los puntos de denuncia.

Se dispone la inclusión, como pantalla de inicio de teléfonos celulares, teléfonos inteligentes, tablets, y otros dispositivos tecnológicos, la siguiente información:

a) Peligrosidad de sobreexposición en las redes de niñas, niños y adolescentes.

b) Información acerca de la existencia de delitos cibernéticos.

c) Aconsejar el rechazo de los mensajes de tipo pornográfico.

d) Advertir sobre la peligrosidad de publicar fotos propias o de amistades.

e) Recomendar la utilización de perfiles privados en las redes sociales.

f) Sugerir no aceptar en redes sociales a personas desconocidas.

g) Hacer hincapié en el derecho a la privacidad de datos y de imágenes.

h) Aconsejar el mantenimiento seguro del dispositivo electrónico y la utilización de programas para proteger el ordenador contra el software malintencionado.

i) Brindar información respecto a cómo actuar ante un delito informático.

j) Informar respecto a la importancia de conservar pruebas tales como conversaciones, mensajes, capturas de pantalla, en caso de haberse producido una situación de acoso.

k) Facilitar información acerca de dónde se deben denunciar este tipo de delitos.

 

 

 

 

Fuente: Data Chaco



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