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4 de mayo de 2020

VILLA ANGELA: ACÁ NO VA A HABER LIBERTAD MASIVA DE PRESOS, ASEGURÓ EL DR. NADELMAN DEL JUZGADO DE EJECUCIÓN PENAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN

El Dr. Mario Nadelman, quien está a cargo del Juzgado de Ejecución Penal del Poder Judicial de la Tercera Circunscripción, llevó tranquilidad a la ciudadanía, en el sentido de que no habrá libertad masiva de presos por el COVID-19, señalando que será analizado cada caso en particular. Explicó a #RadioManantial (89.3 Mhz.) los alcances de la ley por el COVID-19, señalando que se ha confundido a los internos y hay muchos pedidos de prisión domiciliaria de jóvenes que no están en grupos de riesgo.

El Dr. Nadelman expresó: “El Juzgado de Ejecución Penal es el juzgado que tiene a su cargo el contralor de condenados con sentencia firme que se encuentran en las unidades carcelarias y comisarías de la zona por falta de cupo en estos lugares. Yo tengo condenados en la alcaidía de Villa Ángela, en el Complejo Penitenciario de Sáenz Peña, en la alcaidía de Resistencia, en la alcaidía de Mujeres de Charata y en el sur del país, en cárceles federales.

Con respecto a los pedidos no solo tengo que resolver yo con exclusividad, sino que también están los que han presentado los procesados que tienen que resolver los Fiscales de Investigación, de haber recurrido la resolución de los fiscales la Sra. Juez de Garantías, y los procesados que están esperando el debate oral en la Cámara del Crimen, o sea que no solo han peticionado los condenados con sentencia firme que es lo que resuelve mi juzgado. Yo creo que se los ha confundido a los internos, no se puede aprovechar esta desgracia de la pandemia para solicitar en forma genérica, simplemente por existir el COVID-19 se pide la excarcelación o la libertad anticipada del condenado.

En otros casos sí está justificado porque se encuentran dentro del grupo de riesgo, hay casos que son los mínimos en realidad, tienen enfermedades con dificultades respiratorias, hipertensión arterial, diabetes en grado máximo, esto sí hay que analizar, se pide al médico carcelario y médico forense del Poder Judicial un informe previamente a resolver. Pero por lo general se han presentado libertades condicionales simplemente por existir el coronavirus, y acá hay que tener en cuenta que existan peligros real y concreto, sabemos que, tanto en Villa Ángela como en Sáenz Peña, en las ciudades ni en las unidades carcelarias, ni en los internos ni en el personal penitenciario ningún caso positivo a Dios gracias.

Hay pedidos de personas de 25 o 30 años, jóvenes que solo solicitan en forma genérica, sin estar en los grupos de riesgo. Tengo que explicar que tiene que haber en primer lugar, conforme al Art.10, principalmente Art. 32 y 33 de la ley de Ejecución Penal que tratan este tema, y sobre todo de Tratados Internacionales con fuerza constitucionales en base a los Artic.75, inc.22, de la Constitución Nacional, es decir tiene que haber un pedido real y concreto y tiene que existir una enfermedad para que no pueda estar en la alcaidía y sea necesario, tampoco en un hospital, buscar un lugar adecuado. Porque la prisión domiciliaria es una medida alternativa, una sustitución de la prisión por un domicilio, precisamente por situaciones taxativas que estable el C.P. y la ley de Ejecución Penal”.

Finalmente, el Dr. Nadelman destacó que se quede tranquila la ciudadanía, que se va a tratar cada caso en particular, no va a haber libertad de presos de forma masiva, señalando que tiene en su juzgado 46 pedidos, entre estos la mayoría los de forma genérica, otros por enfermedad que son los mínimos, 5 pedidos de libertad condicional y 2 libertades asistidas”.  

 

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