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PROVINCIALES

26 de marzo de 2020

Charata: SEVERAS SANCIONES PARA QUIEN INCUMPLA EL AISLAMIENTO SOCIAL

 El Municipio de Charata a través de la Resolución N°231/20 de la intendente María Luisa Chomiak dispuso severas sanciones ante el incumplimiento del aislamiento social y obligatorio que van desde secuestro de vehículos, clausura de locales comerciales y multas elevadas

En su art�culo 1� establece el cierre de todos los accesos a la Ciudad de Charata a partir de la vigencia de la presente y determinar que como �nico acceso se podr� utilizar el de G�emes y Ruta 89, Disponer desde all� un puesto sanitario con personal autorizado, para la realizaci�n de un control pormenorizado de ingreso y egreso a nuestra localidad seg�n Protocolo Sanitario. � Que, a tal efecto, desde el Municipio de Charata se ha realizado un certificado de tenor de declaraci�n jurada para que aquellas personas vinculadas a trabajos esenciales puedan portarlos al momento de ser solicitado por autoridad.� � Adem�s, el gobierno local dispone que la fabricaci�n, procesamiento, distribuci�n y comercializaci�n de productos alimenticios y bebibles podr�n realizar sus actividades en los horarios de 8 a 20. de lunes a s�bado, debiendo permanecer cerrados los d�as Domingo. Asimismo, establece que los restaurantes, helader�as, bares y comedores, inscriptos como tales, que comercialicen alimentos elaborados podr�n realizar sus ventas solamente a trav�s de la modalidad Delivery con personal debidamente acreditado mediante constancia desde los siguientes horarios; de 10:30 a 13:30 y desde 19a 23. � Por otra parte el� Municipio establece que la venta de insumos de ferreter�a solo se podr� realizar ante el requerimiento �nico de servicios con fines agropecuarios y/o obras de car�cter sanitario p�blico o privado y tanto estas como las actividades vinculadas con la producci�n, distribuci�n, servicios y comercializaci�n agropecuaria deber�n realizar sus actividades bajo las siguientes condiciones; A puertas cerradas, afectando solo el m�nimo e indispensable recurso humano y realizando las entregas mediante la modalidad de delivery. � Tambi�n dispone en el �mbito municipal la presencia de una guardia m�nima en cada departamento para la realizaci�n de los servicios esenciales o prestaci�n de servicios indispensables para la comunidad: recolecci�n de residuos 3 veces por semana, distribuci�n de agua potable, riego y desmalezamiento con actividad reducida, alumbrado p�blico, comedores municipales, RAM, cementerio, sala de situaci�n, tr�nsito, personal reducido en �rea de administraci�n y tesorer�a. � Adem�s, en su art�culo 5� establece la restricci�n total de circulaci�n y permanencia en calle, espacios p�blicos, �rea de recreaci�n y esparcimientos de toda persona, con la excepci�n de las que se encuentren realizando las siguientes actividades: A) Adquisici�n de alimentos, productos farmac�uticos y de primera necesidad. B) Asistencia a centros sanitarios, C) Desplazamiento a lugares de trabajo declarados esenciales, D) Desplazamiento para el cuidado de personas mayores, menores y dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables, lo cual deber� acreditarse mediante un declaraci�n jurada.� � Por ultimo establece que las personas y/o comercios que infringieren lo determinado por la presente ser�n pasibles de las siguientes sanciones: Secuestro del veh�culo (bicicleta Motoveh�culos y automotor) y clausura del/ los locales comerciales u empresas, todos con m�s sanciones pecuniarias que ir�n desde 100 a 300 U.T. (litros de nafta s�per). � Para el incumplimiento de los art�culos 1�) y 5�) se dispondr� el secuestro del veh�culo infractor por el personal de tr�nsito y policial procediendo en el caso de moto veh�culos a ser transportados por personal municipal y para el traslado del automotor ser� a cargo del due�o en compa��a del personal municipal y policial y en caso de negativa del mismo, se utilizar� el servicio de gr�a con costo a cargo del infractor, todos conducidos hasta el dep�sito habilitado a tal fin. En caso de imposibilidad administrativa para su reintegro debido al aislamiento social preventivo y obligatorio el veh�culo se restituir� cuando el mismo haya concluido.

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