Capitanich dijo que será penado quien no cumpla el aislamiento
El gobernador pidió colaboración a la Justicia.
El gobernador Jorge Capitanich expresó este domingo, en conferencia de prensa que comenzó la implementación de un esquema de monitoreo del aislamiento de casos sospechosos de coronavirus, y anunció que se aplicará la ley contra quienes no cumplan con la cuarentena obligatoria.
El mandatario remarcó que “como autoridad competente, solicitaremos a la justicia chaqueña, que hoy no prestó cooperación ni con oficiales de justicia ni con ayudantes fiscales, su aporte para que se aplique la ley".
"Estamos propiciando la solidaridad de todo el pueblo y la comunidad chaqueña. No podemos ser contemplativos con quienes generan perjuicios a la ciudadanÃaâ€, aseveró.
Capitanich detalló que recibió el reporte de todos los chaqueños que viajaron fuera del paÃs y que constan en los registros provenientes de Migraciones y Sanidad de frontera. Se trata de 390 personas que viajaron al exterior desde el 1 de marzo. También se solicitarán informes de quienes hayan salido del paÃs previamente a esa fecha.
“Vamos a instruir en forma inmediata el aislamiento preventivo de estas personas. Hoy contamos con 235 personas en aislamiento. Tenemos un mapa de localización en todos los lugares. Sabemos dónde están y quiénes sonâ€.
El gobernador detalló las inspecciones realizadas durante todo el dÃa. “De 20 casos que inspeccionamos en la mañana, cuatro eran domicilios cerrados, y dos efectivamente no se encontraban cumpliendo el aislamientoâ€.
Las posibles sanciones
En ese sentido, recordó las sanciones por infracción a las medidas previstas por el DNU N° 260/2020 firmado por el Presidente de la Nación, que resulten aplicables conforme a la normativa vigente previstas por los artÃculos 202, 203, 205, 239 y concordantes del Código Penal.
En su artÃculo 202, la normativa establece que “será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personasâ€, mientras que el artÃculo 203, determina que “cuando alguno de los hechos previstos en los artÃculos anteriores fuere cometido por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo, se impondrá multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a PESOS CIEN MIL ($ 100.000); si tuviere como resultado enfermedad o muerte se aplicará prisión de SEIS (6) meses a CINCO (5) añosâ€.
Mientras que el artÃculo 205, más especÃfico, señala: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemiaâ€.
Fuente: Data Chaco
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