Jueves 26 de Febrero de 2026

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26 de febrero de 2026

LA JUSTICIA ORDENÓ LA REINSTALACIÓN DE FLORENTÍN Y EL PAGO DE SALARIOS ADEUDADOS TRAS DECLARAR NULA SU JUBILACIÓN DE OFICIO

<p>En conferencia de prensa, el dirigente sindical Oscar Florentín junto a su abogada, Tirsa Maidana, confirmó que quedó firme la sentencia del amparo presentado hace más de un año por su apartamiento del cargo, en el marco de lo que definieron como una “jubilación ficticia”.<p>

?Necesitamos una conferencia de prensa para informar lo que ya es de p�blico conocimiento de la situaci�n que se inici� hace un a�o y cuatro meses?, expres� al iniciar el encuentro. Adem�s, agradeci� el acompa�amiento recibido durante el proceso judicial: ?Agradecer en primer lugar a mi familia, sobre todas las cosas, por este duro momento que me toc� pasar sin cobrar mis haberes un a�o y dos o tres meses ya?.

El dirigente remarc� que, pese a no haber percibido su salario durante ese tiempo, continu� con la labor gremial. ?Gracias a Dios seguimos trabajando con el sindicato, trabajando incansablemente para el bien de los compa�eros municipales?, afirm�.

Proceso judicial y sentencia firme La abogada patrocinante explic� que se trat� de un proceso de reinstalaci�n iniciado a favor de Florent�n ante la situaci�n de jubilaci�n de oficio. ?Estuvimos pr�cticamente un a�o y tres meses con el tema del proceso?, detall�, y se�al� que durante ese lapso el dirigente no percibi� sus haberes debido a un conflicto administrativo entre la Municipalidad e ISSEP respecto de qui�n deb�a abonarlos.

?Hoy tenemos una sentencia firme. Ya en diciembre estaba la sentencia, sin embargo esperamos a que se encuentre firme para poder darla a conocer?, indic�.

Seg�n precis�, el fallo establece que Florent�n debe ser reinstalado en sus funciones, que corresponde dar de baja los registros previsionales y que deben abonarse ?todos los haberes adeudados con sus correspondientes intereses?.

Nulidad del procedimiento

La letrada sostuvo que la resoluci�n judicial marca un precedente en materia de derechos sindicales. ?Ac� no es una cuesti�n si est� o no en condiciones de jubilarse, sino el procedimiento que se deber�a llevar en raz�n de su car�cter de secretario gremial, que es lo que no se realiz�?, explic�.

En ese sentido, afirm� que la baja de oficio fue declarada nula: ?Al no realizar la quita del fuero sindical como lo establece la ley, ese acto es nulo. Entonces debe abonarle los salarios que no le han abonado, con sus intereses?.

Tambi�n remarc� el perjuicio ocasionado durante el tiempo sin salario. ?Ha habido un perjuicio en su situaci�n familiar al afrontar los gastos de su familia?, subray�.

Finalmente, indicaron que la sentencia ya fue notificada a la Municipalidad, a ISSEP y al Concejo Deliberante, y manifestaron la expectativa de que a partir de ahora se establezca ?otro tipo de trato y de di�logo? con el sindicato, teniendo en cuenta que Florent�n no solo es empleado municipal sino tambi�n representante gremial de los trabajadores.

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