PROVINCIALES
22 de mayo de 2021
Restricción de circulación y Pasaporte COVID obligatorio: habrá controles fijos y aleatorios
El Gobierno provincial estableció la restricción total de circulación entre las 22:00 horas y las 06:00 de cada día como una de las nuevas medidas que rigen desde este sábado hasta el 30 de mayo.
De esta restricción están exceptuadas aquellas personas que deban circular en ejercicio de su trabajo, por tareas de carácter esencial, actividades habilitadas o en casos de emergencia.
Asimismo, a través del decreto 1169, el Ejecutivo implementó el Pasaporte COVID obligatorio para ingresar y/o circular por el territorio provincial, en el marco del Sistema de Administración Inteligente de la pandemia.
Consiste en una declaración jurada que unifica el historial sanitario de los ciudadanos: auto test de coronavirus, permisos de circulación, consultas y resultados COVID, lugares de vacunación y vacunas recibidas.
La aplicación, disponible en versión móvil y web, se gestiona de manera online a través de la plataforma “Tu Gobierno Digital” o previa descarga de la aplicación en dispositivos móviles.
Asimismo, se establece la exigencia de constancia de hisopado negativo o certificado de vacunación de al menos catorce (14) días previos de inoculación para el ingreso y/o egreso de la Provincia.
Para esto, se implementarán postas de control fijos o aleatorios, interjurisdiccional y fronterizo a cargo del Ministerio e Seguridad y Justicia y las fuerzas de seguridad provincial, nacional y guardias comunitarias según corresponda.
CIRCULACIÓN DE PERSONAS, AUTOS Y MOTOS
Mediante la norma, también se dispone la restricción de circulación y permanencia en calles, espacios públicos, áreas de recreación y esparcimiento, rutas provinciales y nacionales del territorio provincial.
Según la medida, únicamente podrán circular por la vía pública, rutas provinciales y nacionales del territorio provincial, las personas para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros sanitarios, con las restricciones que informará el Ministerio de Salud de la Provincia.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral o profesional en los casos de los servicios declarados esenciales y/o críticos.
d) Desplazamiento para la asistencia y cuidado de mayores, menores y dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables.
e) Desplazamiento a entidades financieras, por causas de fuerza mayor o necesidad.
Fuente: DCH.
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