Martes 15 de Julio de 2025

Hoy es Martes 15 de Julio de 2025 y son las 19:29 - VILLA ÁNGELA AVANZA CON LA CONFORMACIÓN DE FOROS VECINALES DE SEGURIDAD PÚBLICA / IMPORTANTE VENTA DE CARTÓN Y ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE / VILLA ÁNGELA: CAPILLA SAN GERARDO INVITA A PARTICIPAR DE UNA "MERIENDA POR EL DÍA DEL AMIGO" / CONVERSATORIO POR EL GENOCIDIO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS EN LA CASA DEL BICENTENARIO DE VILLA ANGELA / EL CLUB DE LEONES DE VILLA ÁNGELA REALIZA VENTA DE CAZUELA DE MONDONGO EL 19 DE JULIO / VILLA ÁNGELA: DETIENEN A ?BOCUCHA? CUANDO INTENTABA VENDER OBJETOS ROBADOS EN EL BARRIO EL BAJO / DETECTAN EN VILLA ÁNGELA UN AUTOMÓVIL CON PEDIDO DE SECUESTRO ACTIVO Y DOMINIO ADULTERADO / VILLA ÁNGELA: DENUNCIARON POR LÍNEA 911 VENTA DE ESTUPEFACIENTES / VILLA ÁNGELA: POLICÍA DEVOLVIÓ A SU DUEÑO UNA MOTOGUADAÑA SUSTRAÍDA DÍAS ANTES / VILLA ÁNGELA: TENÍA PEDIDO DE DETENCIÓN Y LO ATRAPÓ LA POLICÍA / VILLA ÁNGELA: TOYOTA OFRECE UN PLAN EN CUOTAS IMPERDIBLE / Este lunes, el Indec dará a conocer la inflación de junio / VILLA ÁNGELA: EL CEC INAUGURÓ QUINCHOS Y AVANZA CON MÁS OBRAS PARA SUS AFILIADOS / EL MUNICIPIO REALIZA TRABAJOS EN SIMULTÁNEO EN DIFERENTES PUNTOS DE LA CIUDAD / TRABAJOS DE ALUMBRADO PÚBLICO EN VILLA ÁNGELA / "UNIDOS POR UN FUTURO" CONTINÚA CON MARCHAS, CONTENCIÓN Y AYUDA A PERSONAS CON CONSUMO PROBLEMÁTICO DE SUSTANCIAS / OPERATIVOS DE FISCALIZACIÓN FORESTAL: SE LOGRÓ DETENER UN NUEVO DESMONTE / FIN DE SEMANA DE ?CHACO JUEGA? EN SANTA SYLVINA Y EN CHARATA / INAUGURACIÓN DE NUEVOS QUINCHOS EN EL CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE VILLA ÁNGELA / SUPERVISIÓN DE OBRAS EN EL ACCESO NORTE: EL INTENDENTE PAPP VALORÓ LOS AVANCES EN ILUMINACIÓN Y PARQUIZACIÓN /

27.8°

Villa Ángela

ACTUALIDAD

2 de febrero de 2021

Ley de IVE: la Fiscalía de Estado apeló el fallo de la jueza Aucar de Trotti

Cecilia Fernández Almendra, apeló ante la Cámara Civil y Comercial de Resistencia.

La Fiscal de Estado de Chaco, Cecilia Fernández Almendra, apeló ante la Cámara Civil y Comercial de Resistencia la resolución judicial de la jueza, Marta Aucar de Trotti, que dejó sin efecto en toda la provincia la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo, aprobada por el Congreso nacional a fin de año y promulgada por el presidente Alberto Fernández el pasado 15 de enero. De esta manera, la aplicación de la Ley 27.610 en la provincia dependerá del fallo de la Cámara, o bien del recurso de inhibitoria presentado por el Procurador del Tesoro de la Nación, este martes. Entre los argumentos para la apelación, la Fiscalía de Estado presentó dos consideraciones: en primer lugar, la incompetencia por razón de la persona y la materia, exponiendo que se trata de una ley consagrada por el Congreso de la Nación y que establece, específicamente en su articulado, que será el órgano de aplicación el Poder Ejecutivo Nacional. En segundo lugar, expusieron la inexistencia del caso concreto, presupuesto necesario para el otorgamiento de la medida y la inexistencia de legitimación pasiva en la medida, ya que la provincia de Chaco no puede ser demandada por la constitucionalidad de una ley de alcance federal. Por otra parte, el Procurador del Tesoro de la Nación en representación del Gobierno Nacional, presentó este martes un requerimiento de inhibitoria en sede federal, considerando que el debate iniciado en la provincia del Chaco a partir de la medida cautelar debe ser planteado en sede federal y no en sedes de jurisdiccionales provinciales. La presentación responde a la necesidad de reforzar que la división de poderes y las garantías constitucionales sean acatadas por los órganos judiciales y las provincias. La fiscal Almendra aclaró que, respetando las creencias personales y religiosas de quienes componen el Gobierno de la provincia, y ciudadanos, magistrados, y del sistema judicial “es necesario advertir respecto al cumplimiento estricto de los preceptos de la Constitución Nacional y Provincial y las leyes que reglamentan su ejercicio”. Y que la interposición de dicho recurso y su debate, en dicho caso, “debe darse en la esfera nacional, no en la provincial, ya que tampoco se pueden plantear supuestos de inconstitucionalidad de una ley nacional en los juzgados ordinarios provinciales”, aseguró. En ese sentido, los artículos 31° y 128° de la Constitución Nacional establecen claramente las responsabilidades emergentes por parte de los gobiernos provinciales respecto a leyes de alcance federal, observándose de este modo la manifiesta incompetencia de la jurisdicción provincial respecto del sujeto y la materia de su competencia. Por último, en este caso concreto, el artículo 20° de la Ley 27.610 establece que la autoridad de aplicación es el Poder Ejecutivo Nacional y el artículo 21° estipula que la ley es de orden público.

COMPARTIR:

Comentarios