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11 de enero de 2021

EL GOBIERNO DECRETÓ LA IMPLEMENTACIÓN DE MULTAS | EL PROPIETARIO DE UNA CASA DONDE SE HAGAN REUNIONES CLANDESTINAS PODRA SER MULTADO HASTA CON 20 SALARIOS MINIMOS VITALES

Las multas irán de cinco a veinte salarios mínimos vitales y móviles dependiendo de los casos, y serán aplicados por el Ministerio de Seguridad y Justicia en conjunto con la Policía de la Provincia.


El Gobierno provincial, a través del decreto N° 15/2021, estableció un nuevo régimen de sanciones para quienes incumplan las medidas sanitarias establecidas en el marco de la pandemia por Covid-19. Las mismas tendrán aplicación efectiva por parte del Ministerio de Seguridad y Justicia y de la Policía del Chaco.


La acción tiene por objetivo promover la baja de transmisión viral que durante las últimas semanas ha ido en aumento en la provincia. Según las evaluaciones realizadas por la autoridad sanitaria, en ese lapso se registró mayor transmisión entre personas de 20 a 40 años, debido a la aglomeración en eventos no habilitados con gran concurrencia.


De esta manera, se impondrán multas de carácter individual equivalentes a diez salarios mínimos vitales y móviles (actualmente un salario equivale a $21.600) para aquellas personas que convoquen, generen, inviten y consecuentemente concurran a eventos sociales, culturales y recreativos con concurrencia mayor a 10 personas o que violen los protocolos vigentes.


Además, serán sancionadas con hasta veinte salarios mínimos vitales y móviles las personas físicas o jurídicas propietarias, locatarios, tenedores y ocupantes del inmueble donde se realicen las reuniones, eventos sociales, familiares, culturales, deportivos o de cualquier otra índole, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes a los mismos.


En esta misma línea, será sancionado con hasta cinco salarios mínimos vitales y móviles quien circule por la vía pública durante la vigencia de la alarma sanitaria (de 00 a 06 horas) y no justifique su tránsito con el permiso provincial o razón debidamente fundada. En caso de trasladarse en vehículo o motovehículo se procederá al secuestro del mismo.


En todos los casos, las multas se incrementarán en un veinte (20%) para aquellos casos en que la infracción sea cometida por un funcionario público cualquiera sea su rango o jerarquía.


Los infractores contarán con un plazo de cinco días hábiles para ejercer su derecho de defensa, mientras que el Ministerio de Seguridad y Justicia podrá otorgar una quita de hasta el 50% del monto de la multa en razón de presentación espontánea con pago voluntario. 


Los montos recaudados se depositarán en una cuenta especial creada en el Nuevo Banco del Chaco S.A. y serán destinados en forma expresa a solventar las erogaciones que demande la mitigación de los efectos de la pandemia en la provincia.


Por último, el decreto indica que “resulta procedente instar a toda la población al debido cumplimiento del distanciamiento social preventivo y obligatorio como factor imprescindible ante el contexto sanitario actual, el que requiere acciones de conciencia social, solidaridad y cooperación mutua”.

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