Viernes 19 de Abril de 2024

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Villa Ángela

LOCALES

18 de mayo de 2020

Villa Ángela: LA ASOCIACIÓN DE ABOGADOS DE LA 3° CIRCUNSCRIPCIÓN SE OPONE ROTUNDAMENTE AL PROYECTO DE COLEGIATURA OBLIGATORIA.

En el marco del Proyecto de Ley Provincial de Colegiatura de abogados y procuradores presentada por la Diputada Ayala días atrás, #RadioManantial89.3, dialogó con el Dr. Rubén Sanchez, abogado de la localidad de Villa Ángela, y miembro de la Comisión directiva de la Asociación de Abogados de la Tercera circunscripción, quien expresó la negativa rotunda a dicho proyecto de Ley.

Consultado por la postura de la Sociación, el Dr. Sanchez responde; “La verdad que la postura de los colegas que conforman la Asociación de Abogados  es una postura de rechazo absoluto total a ese proyecto que básicamente lo que busca es generar barreras de entrada para el ejercicio de la profesional principalmente de parte de los colegas más jóvenes.”

“…Básicamente nosotros nos oponemos al proyecto porque es inconstitucional en primer lugar ya que obliga al abogado a asociarse compulsivamente a un colegio de abogados

Este proyecto  pretende que la matricula sea manejada por entidades fuera del superior tribunal de justicia , van a imponer un arancel y aquel abogado que no pague para poder trabajar se le va a suspender  o se le va a sacar la matricula, creemos que en plena pandemia en pleno crecimiento de los índice macroeconómicos de pobreza desocupación falta de trabajo en plena crisis sanitaria sumar este tipo de problemas, nos parece fuera de lugar, ilógico y no ponerse en el lugar del otro, muchos abogados que tienen sus estudios tienen sus trabajos…”, agregó.

Además, “…Sumarle este tipo de problemas de querer encarecer el costo de trabajo es realmente es algo inentendible, por esta asociación se opone firme terminante y rechaza  este tipo de proyecto presentado en la legislatura provincial

Sabemos que es un proyecto que cuenta con el rechazo de gran parte de los colegas de otras jurisdicciones estamos trabajando en ponernos en contactos con colegas de Resistencia de Sáenz peña que sabemos que tienen posiciones similares a las nuestras porque es de sentido común, es básico la gente no tiene para comer no tiene trabajo no tiene dinero  y pretender crear  instituciones,   tener que pagar para poder trabajar realmente es ilógico es no entender el sentido de solidaridad que se propicia hoy para salir de esta pandemia y de esta crisis del Covid-19 …”, expresó Sánchez.

 

 

Asociación de Abogados III

 Circunscripción Judicial del Chaco.

 

 

Ante la Comunidad Chaqueña

Como destinataria del servicio de justicia

y las autoridades que correspondan:

                       

                        La Asoc. de Abogados de la III Circ. Judicial del Chaco con asiento en la ciudad de Villa Angela, manifiesta su más enérgica y contundente oposición a un nuevo proyecto de ley, violatorio del art. 15 de la Constitución Provincial, que pretende controlar el ejercicio de la profesión de abogado y procurador mediante la colegiación obligatoria en la provincia del Chaco, con la ostensible finalidad de crear un sistema de recaudación que se suma a los impuestos, tasas y aportes a los que ya están sometidos dichos profesionales. Por otra parte, el proyecto pretende someter la conducta ética de abogados y procuradores a tribunales designados con dudosos criterios de imparcialidad, creados para tal finalidad, con lo cual el ejercicio profesional deberá adecuarse a los criterios éticos que establezca dicho tribunal, o, dicho en otras palabras, no deberán molestar los intereses de los colegas que integren el tribunal que juzga a sus pares.

            La comunidad como destinataria del servicio de justicia, es la víctima principal en este proyecto que pretende trasladar el control del ejercicio profesional de abogados y procuradores de manos del estado a manos de particulares que definirán qué abogados pueden ejercer la defensa de sus derechos.

 

FUNDAMENTOS:

1) LEGALES: El proyecto de ley de colegiación obligatoria es violatoria de la Constitución de la Provincia del Chaco que en su artículo 15 establece que la Provincia garantiza el derecho de trabajar y ejercer la profesión sin sin obligación de asociarse compulsivamente a entidad alguna.

1)- ECONOMICOS: El control de la matrícula de abogado y procurador es realizado histórica, diligente y GRATUITAMENTE por el estado a través del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia. El proyecto de ley en cuestión transfiere el control de la matrícula a los Colegios de Abogados, que exigen el PAGO regular de la matrícula para ejercer la profesión. Con ello queda clara la finalidad económica del proyecto de ley que por vía de pagos destinados al Colegio de Abogados impide el libre y gratuito ejercicio profesional, siendo los más afectados los profesionales del derecho de menores recursos que se verán impedidos de poder ejercer su profesión.

 Es evidente, que dicho sistema solo puede favorecer la mayor concentración económica, por cuanto solo unos pocos Estudios Jurídicos, con un gran volumen de causas, podrán solventar sin problemas mayores costos, mientras que la mayoría de los colegas, sobre todos los jóvenes no podrán abonar la matrícula y por ende estarán fuera del mercado laboral. Es el sistema perfecto creado por los poderosos para eliminar u obstaculizar la libre competencia, creando sistemas oligopólicos, donde unos pocos serán los que podrán trabajar, y la gran mayoría de profesionales se verán impedidos por no contar con los medios suficientes de poder ejercer su profesión. Un sistema, claramente inconstitucional, si se tiene en cuenta, que el art. 16 de la Constitución Nacional, señala la igualdad ante la ley, por lo cual no solo señalamos, sino que denunciamos esta maniobra en perjuicio de los abogados y de sus clientes en definitiva.

2) DISCIPLINARIOS: El proyecto no solo pretende imponer barreras económicas para el ejercicio profesional, a favor de los poderes económicos constituidos, sino que además pretende sustraer el control de la matrícula y de la conducta en el ejercicio profesional de parte del STJ y dejándola en manos de un Tribunal de Ética, integrado por pares, que podrán juzgar y aplicar sanciones, sin respetar la garantía de imparcialidad y del juez natural incurriéndose en otra grave inconstitucionalidad del proyecto por la clara violación al art. 18 de la Constitución Nacional, que garantiza a toda persona que no podrá ser juzgada sino es por el juez natural, en este caso, jueces establecidos por la Constitución Nacional, rodeado de una serie de garantías como estabilidad en el cargo, intangibilidad de sus salarios etc. que permiten una actuación funcional, con imparcialidad, cosa que no está ni cerca de ser garantizada por un Tribunal de Ética integrado por pares.

3)CONSENSUALES: El proyecto de ley fue presentado en el marco de una crisis social, institucional, económica de nivel mundial por la pandemia que nos azota, entre gallos y medianoche, inconsulta, sin debate previo, pretendiendo regular una profesión tan noble e importante para la sociedad, como es el ejercicio de la abogacía que claramente crea estructuras de poder al servicio de grandes grupos económicos, evitando que los abogados puedan ejercer su profesión de manera libre, gratuita, con control de parte de los jueces de la Constitución.

            Para concluir, nos oponemos al sistema de la colegiación obligatoria propiciado por dicho proyecto de ley, rechazamos este intento de impedir el libre ejercicio de la profesión de abogado y procurador mediante trabas burocráticas y económicas, que solo buscan poner barreras de entrada al trabajo de numerosos colegas que dignamente hacen su trabajo diario reclamando y gestionando el cumplimiento de leyes y la plena vigencia del Estado de Derecho.

 

 

 

DRA. NANCI M. NICORA                                  DR. LUIS MARIA CADAVIZ       

PRESIDENTE                                                                  VICEPRESIDENTE  



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