Siguiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el mandatario chaqueño definió tres decretos que crean el Comité de Acción Sanitaria, la Comisión de Seguimiento por Emergencia Sanitaria, y adhiere a la provincia a la ampliación por Emergencia Sanitaria determinada por el presidente Alberto Fernández.
Considerando la situaci�n epidemiol�gica por covid-19, conocido como coronavirus, el gobernador de la provincia del Chaco firm� tres decretos para intensificar y fortalecer las medidas de prevenci�n en todo el territorio chaque�o. Se trata de los decretos 368, 429 y 430.
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A trav�s del decreto N� 368, la provincia se adhiere a la aplicaci�n obligatoria del� protocolo de prevenci�n del Ministerio de Salud de la Naci�n, que establece las responsabilidades que legalmente se asigna a los profesionales m�dicos, bioqu�micos, sanatorios, etc.
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En su art�culo 2, la normativa define como responsables directos ?a m�dicos y bioqu�micos de los centros de salud p�blicos y privados de la provincia, de la comunicaci�n de los posibles casos de coronavirus y de la correcta aplicaci�n de los protocolos de actuaci�n y recomendaciones generados por las autoridades nacionales y provinciales?.
En su art�culo 3, declara como obligatoria ?la notificaci�n de las personas portadoras o sospechosas de portar el virus, que deben dar inmediata intervenci�n a la autoridad sanitaria y brindar informaci�n sobre los contactos estrechos que permitan la investigaci�n epidemiol�gica, a su vez que cumplir el aislamiento establecido por protocolo?.
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En su art�culo 4, la norma establece ?la conformaci�n de la sala de situaci�n coronavirus para la atenci�n de consultas, manejo, diagn�stico y tratamiento de pacientes sospechosos?.�
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Finalmente, en su art�culo 5, determina la conformaci�n de un Comit� de Acci�n Sanitaria encabezado por el Ministerio de Salud P�blica junto a los Ministerios de Gobierno y Trabajo, Desarrollo Social, Seguridad y Justicia, Educaci�n, Cultura, Ciencia y Tecnolog�a, y que invita a participar a centros de salud municipales, privados, universidades, colegios profesionales de salud, etc.
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Por otra parte, a trav�s del decreto 429 y considerando las recomendaciones de la Organizaci�n Mundial de la Salud de adoptar las medidas de: activar y ampliar los mecanismos de respuesta a emergencias, comunicarse con las personas sobre los riesgos y c�mo protegerse, y encontrar, aislar, probar y tratar cada caso de Covid-19 y rastrear a las personas con las que haya estado en contacto, el decreto crea la Comisi�n de Seguimiento por Emergencia Sanitaria.
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El organismo, coordinado por el poder Ejecutivo provincial, estar� integrado por el gobernador, la ministra de Salud P�blica, representantes del Poder Legislativo, del Superior Tribunal de Justicia, del Consejo Econ�mico y Social - CONES -, Pami, Insssep, Federaci�n Econ�mica del Chaco, C�mara de Comercio, C�mara de la Construcci�n, Federaci�n de Profesionales Unidos del Chaco, Programa Incluir Salud, medios period�sticos, obras sociales privadas, organizaciones de la sociedad civil.
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Por otra parte, el decreto 430 adhiere a la provincia al decreto nacional N� 260/2020 firmado por el presidente Alberto Fern�ndez. La norma nacional refleja nuevas medidas adoptadas a efectos de contener la situaci�n epidemiol�gica actual que se suman a las oportunamente ya adoptadas a fin de mitigar la propagaci�n del Coronavirus COVID-19 , como as� tambi�n atenuar su impacto sanitario.�
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La norma establece, entre otras cuestiones, la ampliaci�n de la emergencia p�blica en materia sanitaria establecida por la Ley N� 27.541 por el plazo de un a�o,facultando al Ministerio de Salud, como Autoridad de Aplicaci�n, para la adopci�n de diversas medidas, recomendaciones, difusi�n de las disposiciones sanitarias, restricci�n de viajes desde o hacia las zonas afectadas,entre otras prerrogativas de igual importancia.
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El Decreto de Necesidad y Urgencia define cu�les son a la fecha las zonas afectadas por la pandemia de COVID-19, y dispone el aislamiento obligatorio por catorce d�as de las personas afectadas y de las que encuadren en la condici�n de ?casos sospechosos? y sus ?contactos estrechos?, en estas �ltimas dos situaciones hasta tanto se confirme o descarte el diagn�stico.
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