PROVINCIALES
29 de enero de 2020
La Anses paga por matrimonio, nacimiento y adopción
Los beneficiarios podrán realizar los trámites.
La Anses abona asignaciones familiares de pago único por matrimonio, nacimiento y adopción a los trabajadores en relación de dependencia, titulares de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), de la Prestación por Desempleo y de la Pensión HonorÃfica para Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Para requerir estas prestaciones es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrada en las bases de la Anses.
TE PUEDE INTERESAR: El Gobierno lanzó el protocolo contra el coronavirus en las fronteras
Si los datos están correctamente registrados, la liquidación podrá pedirse directamente llamando al 130 (gratuito desde lÃneas fijas).
Si hay que realizar una actualización, el trámite de solicitud es con turno previo al 130 o en www.anses.gob.ar, sección Accesos rápidos, Turnos, Asignaciones Familiares, Asignaciones Familiares – Prestaciones de Pago Único (Nacimiento, Nacimiento sin Vida, Matrimonio, Adopción).
La verificación de los datos se realiza en www.anses.gob.ar, sección MI ANSES, con la Clave de la Seguridad Social.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL COBRO
Tanto los ingresos del grupo familiar como los de cada integrante no deben superar los topes máximos vigente en el mes que se solicita la prestación.
Matrimonio: el pago es individual a cada uno y pueden requerirlo ambos cónyuges, a partir de los dos meses y hasta los dos años de ocurrido el enlace.
Nacimiento/ Adopción: el pago debe solicitarse dentro de los dos años de la fecha de ocurrido el nacimiento o dictada la sentencia de adopción.
Los trabajadores en relación de dependencia deben tener una antigüedad mÃnima de seis meses al momento de contraer matrimonio, ocurrido el nacimiento o dictada la sentencia de adopción.
Los trabajadores de temporada deben tener una antigüedad mÃnima de seis meses al momento de contraer matrimonio, ocurrido el nacimiento o dictada la sentencia de adopción.
Los titulares de la Prestación por Desempleo deben haber percibido la cuota correspondiente al mes de ocurrido el matrimonio, el nacimiento o dictada la sentencia de adopción.
Los titulares de la Pensión HonorÃfica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur deben haber percibido el haber previsional correspondiente al mes de ocurrido el matrimonio, el nacimiento o dictada la sentencia de adopción.
• Los titulares de la Prestación por Desempleo deben haber percibido la cuota de la prestación correspondiente al mes de ocurrido el matrimonio, el nacimiento o dictada la sentencia de adopción
COMPARTIR:
Notas Relacionadas
EL 15 DE OCTUBRE SE ACREDITARÁ EL REFUERZO PARA ACTIVOS Y PASIVOS
Así lo confirmó el ministro de Hacienda y Finanzas, Alejandro Abraam, quien precisó que los montos estarán disponibles en las cajas de ahorro de los beneficiarios.
ACCIDENTE SOBRE RUTA 95: DOS MOTOCICLISTAS RESULTARON HERIDOS TRAS UNA COLISIÓN CON UNA CAMIONETA
El siniestro vial ocurrió este domingo a las 4:20 de la madrugada, a unos 3 kilómetros del casco urbano. Uno de los motociclistas se encontraba inconsciente al momento de la intervención policial.EL 1 Y 2 DE OCTUBRE SE ACREDITAN LOS SUELDOS DE SEPTIEMBRE
Los haberes estatales estarán disponibles para el sector Pasivo desde el jueves 1 de octubre y para los trabajadores Activos desde el viernes 2. Además, se aplicarán los incrementos anunciados para docentes, salud y seguridad.Comentarios
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno.