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ACTUALIDAD

13 de febrero de 2023

AFIP: ACEPTAR PAGOS CON DÉBITO ES OBLIGATORIO

Desde el organismo nacional indicaron que todos los comercios deben cumplir con esta normativa. En caso contrario, los consumidores podrán denunciarlos.

Los comerciantes y prestadores deben aceptar pagos con débito y además tienen que entregar factura o ticket por las operaciones que realices. Ambas acciones son obligatorias. Pero puede ocurrir que algún comercio no cumpla con la orden. Por eso, se podrá realizar la denuncia en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Cada local comercial tiene la obligación de exhibir el “Formulario 960 – Data fiscal” en un lugar visible. El formulario contiene un código QR, que es un código de barras que almacena datos codificados, por ejemplo, un enlace a un sitio web. En el caso de los locales comerciales, el código QR contiene la información fiscal de ese comercio.

 

Si en un comercio te ofrecen un descuento por pagar en efectivo o no tienen terminal de cobro con tarjeta de débito, podés denunciarlo desde tu smartphone con acceso a internet.

Para eso, tenés que escanear con tu dispositivo el código QR que figura en el “Formulario 960 – Data fiscal” del local. Se encuentra pegado en la puerta o cerca de la caja de cobro. Una vez escaneado, automáticamente serás derivado a la información correspondiente del local para que puedas hacer tu denuncia.

OTRAS OPCIONES PARA DENUNCIAR UN COMERCIO:

  • Página web: para ello, tendrás que ingresar al sitio de denuncias de AFIP y allí deberás cargar la CUIT del comercio.
  • Desde la App "Mi AFIP".
  • Por teléfono al 0800-999-3368.

¿QUIÉNES TIENEN LA OBLIGACIÓN DE ACEPTAR DÉBITO?

Deberán aceptar tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios equivalentes:

  • Quienes vendan bienes para consumo final.
  • Quienes presten servicios de consumo masivo.
  • Quienes realicen obras.
  • Quienes efectúen locaciones de cosas muebles.
  • Los obligados deberán brindar a los clientes la posibilidad de realizar las operaciones de pago a través de terminales POS. El dispositivo tendrá que admitir el cobro mediante todas las tarjetas de débito de las redes a las que estén adheridas más de una entidad financiera autorizada para operar en el país.

El costo que les insuma adoptar el sistema podrá computar como crédito fiscal del impuesto al valor agregado.

EXCEPCIÓN

Los sujetos se encuentran exceptuados cuando:

  • La actividad se desarrolle en localidades con una población menor a 1.000 habitantes, según los datos oficiales del último censo poblacional realizado, publicados por el Indec.
  • El importe de la operación sea inferior a $100.
  • La tarjeta de débito es un medio de pago equivalente al efectivo, por lo tanto no pueden cobrarte un monto adicional por su uso en operaciones de compra de bienes o pago de servicios. Podrás usar esta modalidad de pago siempre que las compras que realices superen el monto de $100.

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE PAGAR CON TARJETA DE DÉBITO?

  • Es más seguro, ya que no necesitas tener dinero en efectivo para realizar tus pagos.
  • No tenés que estar pendiente de contar con el efectivo suficiente para realizar una compra.
  • Podés llevar un control de tus gastos.
  • Podés acceder a promociones bancarias.
  • No perdes tiempo haciendo filas en los cajeros.

SECUESTRAN CASI 300 TONELADAS DE GRANOS EN RUTAS DEL NEA

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General Impositiva (DGI) incautó 266 toneladas de soja y 28 toneladas de maíz partido, valuados en casi $24.000.000, durante diferentes controles de ruta llevados a cabo en puestos, ubicados en el acceso al Puente General Manuel Belgrano, en la provincia de Chaco, y en el acceso a la localidad de Paso de los Libres, en Corrientes.

Durante las tareas de fiscalización, funcionarios del organismo constataron la validez de origen de los granos transportados, el cotejo documental y registral, concluyendo que los remitentes y/o destinatarios carecían de capacidad operativa, económica y/o financiera para producir o comercializar los mismos.

En Chaco, funcionarios de la Dirección General Impositiva (DGI) interdictaron 236 toneladas de soja con un valor de mercado de $ 20.060.000, mientras que en Corrientes se incautaron otras 30 toneladas de soja y 28 toneladas de maíz partido, valuados en casi $4 millones. El total incautado equivale a 10 camiones completos de carga.

En tanto, se resolvió el traslado de los granos para su interdicción, secuestro y descarga en un acopio de la localidad de Barranqueras, designado como depositario legal. Cabe destacar que ambos operativos se realizaron de forma conjunta con Gendarmería Nacional.

De esta forma, las áreas especializadas en actividades agropecuarias de la AFIP continúan focalizando sus esfuerzos para desarticular potenciales maniobras de evasión impositiva y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente, para evitar que los distintos actores de la cadena cometan irregularidades que redunden en competencia desleal para los productores legítimos.



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