Viernes 18 de Octubre de 2024

Hoy es Viernes 18 de Octubre de 2024 y son las 00:10 - LA SECRETARIA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES DE VILLA ÁNGELA, ALEJANDRA BÜHLER, PARTICIPÓ DEL ACTO POR EL 60 ANIVERSARIO DE LA BIBLIOTECA PÚBLICA MUNICIPAL "MARCELO DE PHILIPPIS / ARRANCÓ LA PROMOCIÓN POR EL DIA DE LA MADRE CON TARJETA TUYA PARA COMPRAR EN 6 CUOTAS SIN INTERÉS EN LOCALES ADHERIDOS / EL GOBERNADOR ZDERO ANUNCIÓ ASISTENCIA POR MÁS DE 2600 MILLONES DE PESOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES: ?APOYAMOS AL SECTOR QUE DINAMIZA LA ECONOMÍA LOCAL EN CADA PUEBLO?, ASEGURÓ / ESTE VIERNES 18, EL GOBIERNO PROVINCIAL PAGA EL REFRIGERIO / ASUMIERON NUEVOS SUBSECRETARIOS EN EL MINISTERIO DE SALUD / Villa Ángela: SINDROME DE RETT | Familiares de Brunella realizaron una suelta de globos y entrega de folletos para concientizar sobre la enfermedad / Villa Ángela: Viernes 18 desde las 18:00 horas | La Biblioteca Popular Almafuerte celebra el Día de la Madre / Villa Ángela: El CeNoVi realiza durante la semana diferentes actividades conmemorando el Día del Bastón Blanco / SEIS ESTUDIANTES CHAQUEÑOS VIAJAN A JAPÓN PARA REPRESENTAR A ARGENTINA EN PROGRAMA INTERNACIONAL DE CIENCIAS / Villa Angela: RURALES SECUESTRARON ARMAS DE FUEGO Y 40 KILOS DE CARNE FAENADA / LA JUSTICIA CHAQUEÑA ESTABLECIÓ LA LEGALIDAD DE LOS DESCUENTOS POR DÍAS DE ?PARO? / EL GOBERNADOR ZDERO ENTREGÓ PATRULLEROS Y MOTOS PARA COMISARÍAS DE RESISTENCIA Y EL INTERIOR / VILLA ÁNGELA: 60° ANIVERSARIO DE LA BIBLIOTECA POPULAR MUNICIPAL ?MARCELO DE PHILIPPIS? / Villa Ángela: Sandra Mauro ofrece pan casero dulce y salado para recaudar fondos del tratamiento médico con botox de su hijo Benjamín / Villa Ángela: Trabajan arduamente en la conformación de la Asociación de Ajedrez del Sudoeste Chaqueño / Villa Ángela: E.E.T Nº25 | Alumnos y docentes continúan buscando sponsor para solventar gastos de su participación en la carrera de AUTO TEC 2024 / Villa Angela: INCRIPCIONES ABIERTAS PARA FINALIZAR EL SECUNDARIO "PLAN FINES" / Villa Ángela: DAN CON UNA MOTOCICLETA DE ALTA CILINDRADA ROBADA EN SANTA FE / Villa Ángela: Detienen a un masculino por permutar una motocicleta con numeración adulterada / VILLA ÁNGELA: ANDRIK INFORMÓ SOBRE LOS CONTROLES POR EL FERIADO Y FIESTA POR EL DÍA DEL EMPLEADO DE COMERCIO /

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PROVINCIALES

25 de noviembre de 2021

LA LEGISLATURA CONVIRTIÓ EN LEY EL RÉGIMEN DE INASISTENCIAS JUSTIFICADAS PARA ESTUDIANTES POR DÍA MENSTRUAL

El Poder Legislativo creó por medio de la ley 3468 E el Régimen Especial de Inasistencias Justificadas por día Menstrual.

La normativa partió de Gladis Cristaldo, Teresa Cubells, Lidia Élida Cuesta y Juan Carlos Ayala, y establece que son sujetos de la presente, las niñas, adolescentes, mujeres y personas menstruantes, que se encuentren entre la menarca y el climaterio y cursen como estudiantes en establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial.   Dispone como finalidad de la ley "promover la igualdad de oportunidades y posibilidades en el ámbito de la educación; favorecer la permanencia y egreso, de mujeres y personas menstruantes, de los diferentes niveles del sistema educativo; reducir la deserción escolar de mujeres y personas menstruantes; promover una trayectoria educativa libre de discriminación y exclusión por razones de género; remover preconceptos y estigmas con relación a la menstruación en los ámbitos escolares, en función de fomentar la igualdad de trato entre niñas, niños y adolescente".   Todas las niñas, adolescentes, mujeres y personas menstruantes que cursen como estudiantes en los establecimientos mencionados en el artículo 2°, gozan de dos (2) días de Inasistencias Justificadas por día Menstrual por mes calendario.   Determina que "las niñas, adolescentes, mujeres o personas menstruantes debe dar aviso conforme lo establecido por la reglamentación".   Para ellos los establecimientos educativos mencionados en el artículo 2° deben:   a) Justificar las inasistencias fundadas en el Régimen Especial de Inasistencias Justificadas por día Menstrual; b) garantizar a los sujetos de derecho la oportunidad de recuperar los contenidos dictados y las evaluaciones realizadas durante las inasistencias justificadas por día menstrual; c) generar espacios de aprendizaje y reflexión con el objeto de prevenir y erradicar la violencia, prejuicios y discriminación relacionadas con el ciclo menstrual en el marco y según los lineamientos del Programa Nacional de Educación Sexual Integral; d) generar espacios de aprendizaje y concienciación respecto de los trastornos de la salud menstrual en el marco y según los lineamientos del Programa Nacional de Educación Sexual Integral.   La inasistencia que se registre en el marco del Régimen que establece esta Ley no afectará la regularidad que haya obtenido la o el estudiante.   En todo en cuanto resulte aplicable, se deberán respetar los principios de Identidad de Género establecidos en la Ley N° 26.743.           Fuente: DCH.

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