NACIONALES
10 de septiembre de 2021
Ley de Góndolas: reglamentan la medida para tiendas virtuales
Los productos deberán aparecer ordenados de menor a valor precio.
Por lo que, los consumidores, deberán encontrar en los sitios webs, aquellos productos de menor a mayor precio, siendo los primeros aquellos con valores más accesibles.
Si bien, en las tiendas virtuales, podrá existir otra alternativa de ordenamiento, según la personalización que elija cada usuario, este ordenamiento por precios de menor mayor, debe ser la opción predeterminada en los sitios web de los supermercados.
Además, los sitios estarán obligados a indicar el producto de menor precio dentro de una categoría con un logo aprobado previamente por Comercio Interior. De esta forma, si el consumidor elige una opción de ordenamiento distinta a la determinada por la ley, igualmente podrá visualizar fácilmente el producto más barato por unidad de medida.
Por otro lado, esta reglamentación indica que se deberán destacar en las páginas web de los supermercados la oferta de productos elaborados por mipymes, agricultura familiar, campesina e indígena; economía popular, cooperativas y asociaciones mutuales, también con señalética específica aprobada por la Secretaría de Comercio Interior.
Fuente: Data Chaco
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