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9 de septiembre de 2021
PASO 2021: ¿De cuánto será la multa para quienes no vayan a votar sin justificación válida?
La lista de los exceptuados de ir a sufragar.
El próximo domingo 12 de septiembre serán las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), en Argentina y en ese sentido, la Cámara Nacional Electoral (CNE), recordó que quienes no vayan a votar y no presenten una justificación, serán multados.
A diferencia de otras votaciones, en esta oportunidad, estarán eximidos de la sanción aquellas personas que tengan síntomas de coronavirus y presenten un certificado médico que lo acredite.
“En caso de presentarse a sufragar un elector que exhiba síntomas evidentes compatibles con Covid-19 o que por cualquiera otra circunstancia conformare un caso sospechoso de Covid-19 en los términos de lo previsto por las normativas sanitarias vigentes, será informado de que se encuentra justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo”, señala la disposición para las PASO.
Los casos justificados para no votar en las PASO
- Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
- Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Deberán obtener el certificado en la comisaría más próxima y luego subir la documentación en el sitio web de la CNE.
- Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares. En este caso, están incluidos los casos positivos de coronavirus.
- El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.
Para tramitar la justificación de la no emisión del voto, se deberá ingresar en el Registro de Infractores al deber de votar, e indicar el número de DNI, sexo y distrito para iniciar la gestión. Luego, de acuerdo a la razón específica por la que no se pudo votar, se subirá el documento que avala la ausencia.
¿De cuánto será la multa?
No obstante, quienes no puedan justificar su ausencia en los comicios del próximo 12 de septiembre y 14 de noviembre, se les aplicará una multa por infringir el Artículo 125 del CNE.
“Se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de setenta 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección”, señala la CNE y aclara que la sanción es acumulativa.
Fuente: Data Chaco