Estatuto Docente: PROHÍBEN EL INGRESO A LA CARRERA A CONDENADOS POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD O ABUSO DE MENORES
La reforma al Estatuto Docente fue votada por unanimidad en el Parlamento chaqueño para la introducción de un párrafo en los artículos 17 y 38. Se prohíbe de manera explícita la incorporación a la carrera docente, o su permanencia en ella, a condenados con sentencia firme por delitos de lesa humanidad, abuso sexual, perversión de menores, estupro o haya incurrido en acto de fuerza contra el orden institucional. Incluso si fuera beneficiado por el indulto o la conmutación de penas.