Jueves 28 de Marzo de 2024

Hoy es Jueves 28 de Marzo de 2024 y son las 21:18 - FESTIVAL DE PASES A PLANTA: CAYÓ EL CONCURSO DE CAPITANICH QUE OBLIGABA A ZDERO EL PASE DE 10.000 MILITANTES, AMIGOS, FAMILIARES Y CONOCIDOS DE LA GESTIÓN ANTERIOR / ACTIVIDADES TURÍSTICAS, CULTURALES Y RELIGIOSAS PARA SEMANA SANTA / SECHEEP: ?EL DESMEDIDO AUMENTO DE NACIÓN EN LAS TARIFAS, AFECTA A LOS CHAQUEÑOS? / Villa Ángela: EL MUNICIPIO REALIZA CORTE DE PASTO, LIMPIEZA DE RAMAS Y REFACCIONES EN DISTINTOS PUNTOS DE LA CIUDAD / Villa Ángela: CONCEJO MUNICIPAL | Raúl Fernández destacó el compromiso del Gobernador Zdero de trabajar junto al Intendente Papp / Proponen declarar la emergencia agropecuaria en seis departamentos del Chaco / Anses: hasta el 31 de marzo se podrá presentar la libreta de AUH / Villa Ángela: ADALBERTO PAPP | ?El municipio mantiene su orden y compromiso ante la crisis económica? / Villa Ángela: VIGILIA Y ACTO DEL DÍA DEL VETERANO Y CAÍDOS EN LA GUERRA DE MALVINAS / Villa Ángela: POLICÍA CAMINERA INTERVIENE UNA CARGA FORESTAL POR ANOMALÍAS EN SUS DOCUMENTACIONES / COMIENZA HOY EL PAGO DE SUELDOS PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROVINCIAL / EDUCACIÓN SUPERIOR: EN ABRIL ABRE INSCRIPCIÓN A INTERINATOS Y SUPLENCIAS / Villa Ángela: REALIZÓ EL ACTO DEL 24 DE MARZO | "POR LA MEMORIA, LA VERDAD Y LA JUSTICIA" / Villa Ángela: TRAS ALLANAMIENTO | Aprehenden a una joven de 23 años y secuestran 38 envoltorios de cocaína entre otros elementos / La Clotilde: DETIENEN A UN JOVEN DE 28 AÑOS POR EL ROBO DE DOS REPOSERAS / Villa Ángela: SE ENCUENTRA ABIERTA LA CONVOCATORIA PARA INTEGRAR EL GRUPO DANZAS TRADICIONALES ITALIANA / Villa Ángela: EL MUNICIPIO RECONOCIÓ AL DR. JOSÉ LIPSICH / Villa Ángela: EL GOBIERNO PROVINCIAL LIMPIÓ EL CANAL DE AGUA DE JUAN J. PASO, TRAS AÑOS DE ABANDONO / San Bernardo: SE LLEVARON SU CELULAR, PERO LOS AGENTES LO HALLARON / Villa Angela: FALLECIO UNA JOVEN EN UN ACCIDENTE DE TRANSITO /

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PROVINCIALES

26 de marzo de 2020

Charata: SEVERAS SANCIONES PARA QUIEN INCUMPLA EL AISLAMIENTO SOCIAL

 El Municipio de Charata a través de la Resolución N°231/20 de la intendente María Luisa Chomiak dispuso severas sanciones ante el incumplimiento del aislamiento social y obligatorio que van desde secuestro de vehículos, clausura de locales comerciales y multas elevadas

En su artículo 1° establece el cierre de todos los accesos a la Ciudad de Charata a partir de la vigencia de la presente y determinar que como único acceso se podrá utilizar el de Güemes y Ruta 89, Disponer desde allí un puesto sanitario con personal autorizado, para la realización de un control pormenorizado de ingreso y egreso a nuestra localidad según Protocolo Sanitario.   Que, a tal efecto, desde el Municipio de Charata se ha realizado un certificado de tenor de declaración jurada para que aquellas personas vinculadas a trabajos esenciales puedan portarlos al momento de ser solicitado por autoridad.    Además, el gobierno local dispone que la fabricación, procesamiento, distribución y comercialización de productos alimenticios y bebibles podrán realizar sus actividades en los horarios de 8 a 20. de lunes a sábado, debiendo permanecer cerrados los días Domingo. Asimismo, establece que los restaurantes, heladerías, bares y comedores, inscriptos como tales, que comercialicen alimentos elaborados podrán realizar sus ventas solamente a través de la modalidad Delivery con personal debidamente acreditado mediante constancia desde los siguientes horarios; de 10:30 a 13:30 y desde 19a 23.   Por otra parte el  Municipio establece que la venta de insumos de ferretería solo se podrá realizar ante el requerimiento único de servicios con fines agropecuarios y/o obras de carácter sanitario público o privado y tanto estas como las actividades vinculadas con la producción, distribución, servicios y comercialización agropecuaria deberán realizar sus actividades bajo las siguientes condiciones; A puertas cerradas, afectando solo el mínimo e indispensable recurso humano y realizando las entregas mediante la modalidad de delivery.   También dispone en el ámbito municipal la presencia de una guardia mínima en cada departamento para la realización de los servicios esenciales o prestación de servicios indispensables para la comunidad: recolección de residuos 3 veces por semana, distribución de agua potable, riego y desmalezamiento con actividad reducida, alumbrado público, comedores municipales, RAM, cementerio, sala de situación, tránsito, personal reducido en área de administración y tesorería.   Además, en su artículo 5° establece la restricción total de circulación y permanencia en calle, espacios públicos, área de recreación y esparcimientos de toda persona, con la excepción de las que se encuentren realizando las siguientes actividades: A) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad. B) Asistencia a centros sanitarios, C) Desplazamiento a lugares de trabajo declarados esenciales, D) Desplazamiento para el cuidado de personas mayores, menores y dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables, lo cual deberá acreditarse mediante un declaración jurada.    Por ultimo establece que las personas y/o comercios que infringieren lo determinado por la presente serán pasibles de las siguientes sanciones: Secuestro del vehículo (bicicleta Motovehículos y automotor) y clausura del/ los locales comerciales u empresas, todos con más sanciones pecuniarias que irán desde 100 a 300 U.T. (litros de nafta súper).   Para el incumplimiento de los artículos 1°) y 5°) se dispondrá el secuestro del vehículo infractor por el personal de tránsito y policial procediendo en el caso de moto vehículos a ser transportados por personal municipal y para el traslado del automotor será a cargo del dueño en compañía del personal municipal y policial y en caso de negativa del mismo, se utilizará el servicio de grúa con costo a cargo del infractor, todos conducidos hasta el depósito habilitado a tal fin. En caso de imposibilidad administrativa para su reintegro debido al aislamiento social preventivo y obligatorio el vehículo se restituirá cuando el mismo haya concluido.

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