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LOCALES

12 de diciembre de 2019

VILLA ÁNGELA: Dra. Yolanda Alvarenga de Gomez Samela, explica las intervenciones que tuvo en las Causa de Maxi Cabañas y Claudio Vargas.

Foto de Archivo

En la mañana de ayer, la Jueza de Garantías de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia del Chaco, Yolanda Alvarenga de Gómez Samela, en comunicación con la Mañana de Manantial, aclaró algunas situaciones respectos de algunos dichos de Familiares en la Causa de Maxi Cabañas y Claudio Vargas.

 

Luego de haber oído notas realizadas a la madre de Maxi Cabañas y Mariana Vargas, hermana de Claudio Vargas, por Fm Manantial 89.3, en donde atribuían ciertas conductas judiciales a la Jueza de Garantías, ésta aclaró puntos acerca de su actuación en dichas causas, y la no actuación en la causa de Claudio Vargas.

VER: JUSTICIA POR MAXIMILIANO CABAÑAS: CONVOCAN A MANIFESTARSE EL VIERNES 29 A LAS 20:0 HS.

Respecto a las responsabilidad y jurisdicción que tiene un Juez de Garantías en un Proceso Judicial, la Dra. Alvarenga de Gomez Samela explica:

“…en el sistema acusatorio, lo que se trata es de separar la función de acusar e investigar de la función de Juzgar, para que un juez que no está interviniendo, que no sea parte en la investigación, que se mantenga al margen, digamos como un árbitro en la investigación, y pueda ver que se está haciendo en las distintas partes, donde en una parte tenemos AL FISCAL, por supuesto tenemos al IMPUTADO CON SU DEFENSOR y eventualmente un QUERELLANTE, QUE ES LA VÍCTIMA.

Nosotros no intervenimos, Digo nosotros en el sentido del Juzgado de Garantías, no tomo parte en sí, de la investigación, justamente para poder mantenerme IMPARCIAL.

¿Cuándo actúa el Juez de Garantías?

Cuando una de estas partes pide la Intervención, no es que nosotros actuamos de oficio, porque yo veo algo, o me parece algo, no actúo por ese motivo, actúo cuando alguna de las partes requiere mi intervención.

¿Cuándo pueden requerir?

Cuando en una decisión del Fiscal no están de acuerdo y quieren que revise que hizo el Fiscal, cuando hay medidas probatorias que él (Fiscal) no las puede hacer, como un allanamiento, que se tendría que ver si está justificado, una intervención telefónica, y otras pruebas que no las puede realizar por sí mismo el Fiscal…”.

También agrega que “…Una vez que yo tenga las actuaciones, yo las pido, me las mandan, con los distintos procedimientos que hay, que acá se habla de OPOSICIÓN, (se OPONE la parte a la decisión del Fiscal) …”, “… el código le da tres días (al Fiscal) para que revise su decisión, donde o puede cambiar o no, si la mantiene, en este caso, viene al Juzgado de Garantías, para que yo vea que es lo que está en cuestionamiento…”.

En valoración de la Causa de Maxi Cabañas, a la jueza le son remitidas las actuaciones del Expediente, en razón de un PEDIDO DE NULIDAD ABSOLUTA DE LA DECLARACIÓN DE IMPUTADO, Y CONTROL JURISDICCIONAL, por parte de la defensa del Imputado.

“…en este caso de Cabañas en especial, llegó en una primera oportunidad, por un control jurisdiccional. En ese caso se resolvió mantener la detención, porque todavía no había preventiva y estaban haciendo pruebas, tampoco se hizo en esa oportunidad a la NULIDAD, que planteaba la defensa del imputado.

LA DEFENSA, “…no consideraban que se daba el elemento doloso…todo este tema giró en cuanto a la calificación en que se dio el hecho…”, expresó la Jueza.

“…En ese momento no hizo lugar (AL PLANTEO DE NULIDAD), porque estaba muy al principio de la investigación, y el fiscal tiene diez días para investigar, recaudar pruebas, todo lo que pueda dar fundamento a lo que él posteriormente pueda resolver.

Entonces yo confirmé en ese momento. Y quedó detenido el imputado.

“…no obstante para esa oportunidad para un homicidio doloso, faltaban elementos para poder mantener semejante calificación, nada más…”.

Debido a esta falta de elementos le advierte al fiscal que revea, porque tendría que ver con que elementos contaba para mantener esa calificación de HOMICIDIO DOLOSO.

Esta fue una decisión en noviembre del 2018, que queda firme. Luego al transcurrir unos meses, no se agregaron nuevas pruebas, y el fiscal dicta la prisión preventiva, y “…valorando los testimonios, y sobre todo los del perito, es ahí donde no mantengo la preventiva…”, asegura La Jueza de Garantías.

“...Pero que no mantenga la preventiva, no quiso decir que yo dije de que no es responsable, ni que es responsable (Refiriéndose a Barrios), YO ESO NO DIGO, ni que prueba se hace, ni que prueba no se hace porque NO ES MI COMPETENCIA.

“…Yo saco esa resolución en diciembre del año pasado, es la ÚLTIMA VEZ QUE YO VI ESE EXPEDIENTE, después desconozco totalmente que se hizo…”, explicó la Dra. Gomez Samela.

“… ¡YO NO DIJE NI QUE ES CULPABLE NI QUE NO ES CULPABLE, ¡NI QUE ES RESPONSABLE NI QUE NO ES RESPONSABLE, ¡NI DE TAL ILÍCITO Y NI DE TAL OTRO, NADA!, SOLAMENTE DIJE QUE NO SE CORRESPONDE, LAS PRUEBAS QUE HABÍA, PARA ESTAR HABLANDO DE UN HOMICIDIO DOLOSO…

RESOLUCIÓN QUE FUE CONFIRMADA POR LA CÁMARA DE APELACIONES CRIMINAL Y CORRECCIONAL, EN DONDE TAMBÍEN INSTRUYE AL FISCAL A REALIZAR UNA SERIE DE PRUEBAS, QUE LA JUEZA DE GARANTÍA YA DESCONOCE SI SE HICIERON O NO, PUES YA NO LE ATAÑE LA CAUSA.

En lo referente a la causa de Claudio Vargas en donde en ocasión anterior, Mariana, Hermana de Claudio Vargas, solicitaba a la Jueza de Garantías, que se expida a su favor, respecto de una situación, aduciendo que el expediente ya estaba en sus manos.

VER: VILLA ÁNGELA: SE REALIZÓ LA MARCHA EN PEDIDO DE JUSTICIA POR FAMILIARES DE VÍCTIMAS DE HOMICIDIO Y ABUSOS SEXUALES.

Al respecto la Dra. Expresa, “…me enteré de esa declaración, y desconozco porqué dijo, porque esa causa, tengo conocimiento de que ya está ARCHIVADA, acá lo único que llegó en su momento es un pedido de audiencia, para una AUDIENCIA DE OPOSICIÓN.

A lo cual yo le contesté al abogado, de que eso no se da en el Interior del Chaco, las audiencias de oposición que son orales, solamente se rigen para la ciudad de Resistencia, no así para el Interior…”, explicó.

Continuó, “…esa causa acá no llegó, ni va a llegar, porque tiene un archivo firme por lo que yo me enteré. NUNCA VI LA CAUSA, no pasó ni para un pedido de allanamiento…”,” …NUNCA YO TUVE ESA CAUSA …”, expresó la jueza.



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